A través de la Resolución 5/2025 publicada en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional oficializó un nuevo aumento del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM), que se elevará a $317.800 a partir del 1° de julio. La medida forma parte de un esquema de incrementos escalonados dispuesto previamente, que concluirá en agosto con un valor final de $322.000.
La actualización del salario mínimo se implementó sin acuerdo entre los sectores sindicales, empresariales y el Estado en el marco del Consejo del Salario. Ante la falta de consenso, el Ejecutivo avanzó de manera unilateral con la suba, en línea con el cronograma de aumentos progresivos iniciado en abril.
El nuevo piso salarial impacta directamente en el ingreso mínimo de los trabajadores formales, pero también tiene efectos colaterales sobre jubilaciones, prestaciones sociales, subsidios, becas y programas estatales que utilizan al SMVM como parámetro de cálculo.
En el caso de las jubilaciones, quienes se retiraron sin acceder a moratorias tienen derecho a cobrar un haber equivalente al 82% del salario mínimo. Sin embargo, el actual valor del SMVM aún no supera el haber jubilatorio mínimo vigente, por lo que no se activa un refuerzo adicional automático.
La prestación por desempleo, cuyo monto se calcula en función del SMVM, también fue ajustada. El beneficio contempla como tope un rango entre el 50% y el 100% del salario mínimo, por lo que cada incremento de este último modifica directamente el monto percibido por personas desempleadas registradas.
Asimismo, programas como las Becas Progresar y diferentes asignaciones familiares y ayudas sociales redefinen sus condiciones de acceso a partir de esta actualización. En muchos casos, los ingresos familiares no deben superar un múltiplo del salario mínimo para calificar como beneficiarios, por lo que el nuevo valor modifica el universo potencial de destinatarios.
En el terreno laboral, el SMVM opera como referencia obligatoria en negociaciones paritarias, especialmente en sectores con menor capacidad de presión sindical o trabajos informales. Aunque numerosos convenios superan este umbral, el salario mínimo establece un piso legal irrenunciable.
Pese al incremento, el salario mínimo continúa muy por debajo del costo de la canasta básica total, que según datos del INDEC superó los $850.000 en mayo para una familia tipo. Esto significa que el nuevo monto solo cubre cerca del 37% de los gastos básicos, acentuando el desfase entre ingresos mínimos y necesidades reales.
La resolución también dejó expuesta la fragilidad del poder adquisitivo de los sectores más vulnerables en un contexto de alta inflación. La brecha entre el salario mínimo y el costo de vida persiste, mientras distintas organizaciones sindicales y sociales reclaman una recomposición más profunda para evitar el deterioro de los ingresos básicos.