El Gobierno nacional oficializó, mediante el Decreto 787 publicado este martes en el Boletín Oficial, la desregulación de los aranceles de los colegios privados. La medida, que deroga un sistema vigente desde hace tres décadas, establece que los establecimientos educativos de gestión privada podrán fijar libremente los precios de las cuotas y matrículas sin requerir autorización previa del Estado.
En los considerandos del decreto, las autoridades fundamentan la decisión en la necesidad de revisar el marco normativo para favorecer un entorno más propicio para la gestión de estas instituciones. Se argumenta que el sistema anterior, donde la administración de los aranceles dependía del Gobierno, presentaba limitaciones y requerimientos que dificultaban la adaptación de los institutos a las realidades educativas y económicas del país.
La actual gestión de Javier Milei busca avanzar así hacia un esquema donde, según el texto oficial, “el principio de libre contratación debe ser resguardado”. Esto permitirá a las instituciones educativas “el derecho a definir sus políticas de precios y compensaciones, en el marco de una competencia leal y en función de las demandas del mercado”.
Según la visión gubernamental, el mecanismo derogado podía llevar a una precarización de la calidad educativa, ya que los establecimientos no podían responder con agilidad a las variaciones en los costos de insumos, salarios y otros gastos operativos. Asimismo, se sostenía que este sistema perjudicaba a las familias, quienes debían enfrentar aranceles más altos desde el inicio del ciclo lectivo, y creaba incertidumbre económica para los institutos, que tendían a fijar cuotas más elevadas por temor a no poder cubrir costos futuros sin una nueva aprobación estatal.
Con la implementación del Decreto 787, cada colegio privado tendrá la potestad de determinar el valor de sus servicios educativos en función de sus costos específicos y su contexto geográfico, marcando un cambio estructural en la relación entre el Estado y la educación de gestión privada.

